Cuando uno se mete en cosas de juicios, suele ocurrir que todo nos parece extraño y complicado.
Eso si no eres un «habitual», que los hay. No es para ellos este artículo. La prueba pericial suele ser una gran desconocida para las personas que dan el paso de demandar o contestan una demanda. Vamos a tratar un poco este aspecto legal.
Si te vas a meter en la jarana de una demanda, mi recomendación es que lo hagas bien. Necesitas una prueba. Una prueba válida que esté comprometida con tu postura. Las pruebas se obtienen de varias maneras. Una de ellas es la intervención de un perito judicial. También las puedes aportar tú, en forma de documentos varios. Pero incluso de esa forma, te puede interesar que un perito profesional te gestione esa gestión. Recuerda que formas parte del proceso como afectado/a. Lo que viene a ser, en términos legales, una de las partes. Y por ello totalmente parcial.
La prueba pericial cuesta dinero. Pero el abogado también. Y el procurador. Y realmente, abaratar costes te puede salir caro. Te explico por qué.
Quiero que tengas claro que aquí a quien hay que convencer es al juez. Hay que introducir en su mente la convicción de que los hechos que relatas son verídicos. Y normalmente va a ignorar lo que digas, si no va a apoyado por algo tangible. En los procesos legales en España debe ser siempre la parte que acusa la que debe aportar pruebas que demuestren su acusación. Esto está legislado. Pero hay más.
La Ley 37/2011, de 19 de octubre, de Agilización Procesal, introdujo varias modificaciones de calado. Lo que se buscaba era un poco de velocidad en los procedimientos. Bueno, entre esos cambios se regula que la prueba debe entregarse con la demanda. O la contestación de esta, que es cuando alguien te acusa de algo. La prueba es la pericial, entre otras cosas. Y si no lo haces en ese momento, lo tendrás muy complicado para meterla después. O te arriesgas a que el juez haga uso de las listas de peritos, donde se juega a la ruleta rusa, y te puede tocar alguien válido o un aficionado. Sé de lo que escribo. En las listas judiciales no se exige ningún tipo de titulación o experiencia.
No incluir la pericial al inicio del proceso o en la contestación se puede considerar un error fatal. Un hecho que provocará que pierdas dos cosas: dinero y tiempo. Y eso cabrea mucho.
Es evidente que los peritos de parte debemos trabajar con los abogados. Y cada uno en su función, hacer su trabajo. No quiero incidir ahora en cómo preparar las pruebas, ya que últimamente son digitales y hay mucho tema que desarrollar. Puedes aportar pruebas y que estas sean ignoradas si no son convenientemente tratadas. Me explayaré en otro artículo. Pero el resumen de todo esto es, necesitas un perito adecuado y un abogado.
Somos INDUBITE. Peritos diez años aportando pruebas en juicios por toda España.